Apartado cuarto. Requisitos y obligaciones de las personas beneficiarias
4.1. Para poder solicitar ayudas de comedor, el alumnado tendrá que reunir al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos
exigidos en la presente convocatoria por los cuales será baremado y, además:
a) Estar matriculado en un centro educativo debidamente autorizado de entre los indicados en el apartado segundo de la presente resolución,
en los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial o en el
tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo en colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.
b) Haber presentado la solicitud (anexo I) y la documentación requerida en la presente resolución en los plazos establecidos o haber
confirmado el borrador de solicitud.
c) No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Los beneficiarios de estas ayudas quedan exonerados de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en conformidad con lo establecido en la normativa vigente en materia de subvenciones con cargo a los presupuestos de la Generalitat.
4.2. Estos requisitos tendrán que mantenerse a lo largo de todo el curso para el cual se solicita la ayuda.
4.3. Las personas beneficiarias tendrán que comunicar, en su caso, la renuncia de manera permanente a la ayuda concedida, sin que puedan volver a beneficiarse de la misma durante el resto del curso 2023-2024.
4.4. Las personas beneficiarias tendrán que comunicar a la entidad concedente la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, procedente de cualquier otra administración pública
5.2. La forma de presentación será la siguiente: a) Alumnado que en el curso 2021-2022 ya solicitó la ayuda para el comedor escolar:
a.1) Los padres, madres o tutores del alumnado que sean usuarios de la aplicación ITACA Web Familia, a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución, podrán acceder a esta aplicación informática para visualizar y descargar su borrador de solicitud de ayuda, donde constarán pregrabados los datos que obran en poder de esta Administración, una vez han sido actualizados de oficio por la conselleria competente en materia de educación, relativas a familia numerosa, familia monoparental, alumnado destinatario de la renta valenciana de inclusión, desocupación o paro sin prestación ni subsidio y grado de discapacidad legalmente reconocido, dado que en la solicitud o confirmación del borrador para el curso escolar 2021-2022 se autorizó expresamente su consulta por las personas interesadas. Si las personas solicitantes de la ayuda están conformes con los datos facilitados, tendrán que imprimir, firmar y presentar el borrador en el centro donde estarán matriculadas durante el curso 2023-2024, sin necesidad de presentar la documentación. Si alguno de los datos que figuran en el borrador no es correcto, se procederá a imprimir y señalar la circunstancia que cambia en el apartado G del borrador, presentando este en el centro educativo junto con la documentación justificativa.
a.2) Los padres, madres o tutores del alumnado que no sean usuarios de la aplicación informática ITACA Web Familia, a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución, podrán solicitar en el centro educativo donde el alumnado esté matriculado, un borrador de solicitud de ayuda para el comedor escolar, donde constarán pregrabados los datos que obran en poder de esta Administración, una vez han sido actualizadas de oficio por la conselleria competente en materia de educación, relativas a familia numerosa, familia monoparental, alumnado destinatario de la renta valenciana de inclusión, desocupación o paro sin prestación ni subsidio y grado de discapacidad legalmente reconocido, dado que en la solicitud o confirmación del borrador para el curso escolar 2021-2022 se autorizó expresamente su consulta por las personas interesadas. El centro entregará un borrador para cada alumno/a, aunque formen parte de la misma unidad familiar. Si las personas solicitantes de la ayuda están conformes con los datos facilitados, tendrán que firmar el borrador y presentarlo en el centro donde estará el alumnado matriculado durante el curso 2023-2024. En estos casos, no habrá que aportar ninguna documentación justificativa.
En el caso de alumnado perteneciente a una unidad familiar con más de un alumno/a solicitante, se procederá de la manera siguiente: si el borrador de los alumnos es correcto se efectuará la confirmación de los datos. Si los datos de algún alumno/a no son conformes se procederá a señalar la circunstancia que cambia en el apartado G del borrador, presentando este en el centro educativo junto con la documentación
justificativa. En el supuesto de que algún alumno/a no esté incluido en el borrador, se tendrá que presentar una nueva solicitud solo para este alumno/a, rellenando el anexo I y adjuntando la documentación acreditativa. Tanto la confirmación del borrador como la presentación del anexo I se realizarán en el centro donde estará matriculado el alumnado durante el curso 2023-2024.
b) Alumnado que en el curso 2022-2023 no solicitó la ayuda para el comedor escolar: La solicitud de ayuda se realizará presentando el anexo I
que se incluye en la presente resolución, rellenado, y adjuntando la documentación acreditativa que se requiere en esta convocatoria en el centro donde estará matriculado el alumnado durante el curso 2023-2024. Las solicitudes tendrán que ir acompañadas de la documentación siguiente:
– Fotocopia del DNI/ NIF/ Pasaporte/ NIE de las personas solicitantes (padres, tutores o similares).
– La documentación, detallada en esta convocatoria, que sea necesaria para acreditar la composición de la unidad familiar, la renta familiar y aquellos datos sociofamiliares que sean tomados en consideración
para la concesión o, si es el caso, la baremación de la solicitud. La documentación, como ya se ha indicado, tendrá que ser el original y una copia que será compulsada por el personal receptor.
En el supuesto de que el alumnado que forma parte de la misma unidad familiar esté escolarizado en el curso 2023-2024 en un único centro, se presentará una única solicitud. Si está escolarizado en varios centros, se presentará una solicitud por cada centro.
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